Objeto.
La financiación de acciones dirigidas a la formación en materia de seguridad y salud laboral de trabajadores, empresarios, autónomos, mandos intermedios y delegados de prevención.
Beneficiarios.
Las personas, físicas o jurídicas, privadas con o sin ánimo de lucro, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.Podrán serlo igualmente entidades sin ánimo de lucro para sus propios trabajadores, o las agrupaciones de profesionales autónomos, organizaciones profesionales agrarias, y las organizaciones empresariales y sindicales para sus integrantes o afiliados.
Plazo de presentación de solicitudes.
Serán 20 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el B.O.C. y L.
Ver publicación del Bocyl de 22 de abril de 2019. Pincha en el siguiente enlace para ver información Fomento formación seguridad y salud