Programa de Becas de Internacionalización Empresarial de ICEX _ Bases

lunes, 10 de febrero de 2020

Objeto y finalidad de la subvención.

La presente orden tiene por objeto establecer las bases para la concesión de las Becas de Internacionalización Empresarial de ICEX a personas físicas con nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, a fin de realizar un Máster universitario en Gestión Internacional de la Empresa (MBA in International Management) (Fase 0), prácticas en la red de Oficinas Económicas y Comerciales de España en el exterior (Fase I), así como en empresas, entidades u organismos internacionales de los que España es miembro (Fase II).

La finalidad última será la de la inserción laboral de los becarios ofreciéndoles oportunidades profesionales y ayudándoles a conseguir empleos estables, cualificados y de calidad.

Beneficiarios de la subvención.

Podrán acceder a la condición de beneficiarios de las becas reguladas en esta orden, las personas físicas que, además de no incurrir en las prohibiciones previstas en el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, reúnan los siguientes requisitos con anterioridad a la finalización del plazo de solicitudes:

1. Nacionalidad. Estar en posesión de la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.

2. Edad. Haber nacido en la fecha que se determine en la correspondiente convocatoria.

3. Titulación. Estar en posesión de una titulación universitaria superior de grado. No obstante, lo señalado en el primer párrafo de este artículo, la titulación se puede obtener y acreditar hasta la finalización del procedimiento de selección.

4. Idiomas. Acreditar poseer conocimiento avanzado de inglés.

5. No haber sido beneficiario de estas becas en ediciones anteriores salvo que haya renunciado a la beca con anterioridad al inicio efectivo del Máster.

6. No haber disfrutado de otras ayudas para la misma finalidad del Programa de Becas de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de otros Organismos Internacionales en los últimos tres años.

7. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con la realización de las actividades que constituyen el objeto de la subvención.

8. No tener antecedentes penales ni estar incurso en causa penal.

En caso de que la respectiva convocatoria esté financiada con fondos comunitarios, podrán ser exigibles requisitos adicionales a los establecidos en este artículo..

Convocatoria.
La convocatoria, que podrá realizarse anualmente y afectar a más de un ejercicio presupuestario, se efectuará por resolución de la Presidenta de ICEX sin perjuicio de las delegaciones que se encuentren vigentes en cada momento, y se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en la página web de ICEX y un extracto de la misma en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3.b) de la Ley 38/2003.

La convocatoria fijará el número máximo de becas y la cuantía máxima del presupuesto que ICEX asigna a la financiación de las becas.

La convocatoria determinará el modelo de solicitud y los documentos a exigir que estarán referidos a la comprobación de los requisitos exigidos a los solicitantes. Éstos deberán dirigir su solicitud al órgano instructor, el departamento de Becas de ICEX responsable del programa.

Ver información en Bases becas internalización 2020


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