Subvenciones destinadas a financiar actuaciones dirigidas a fomentar la calidad del Sector Turístico de Castilla y León 2016

martes, 28 de junio de 2016

 Objeto:

a)  Actuaciones de mejora de las infraestructuras turísticas, de la comercialización y de los sistemas de gestión de establecimientos de alojamiento turístico y de restauración. b)  Actuaciones de mejora de las infraestructuras, de la comercialización y de los sistemas de gestión para actividades de turismo activo. c)  Actuaciones de fomento de las actividades de comercialización turísticas y de mejora de la calidad de las agencias de viajes.

 Beneficiarios:

a)  Las empresas turísticas establecidas en la Comunidad de Castilla y León, ya sean personas físicas o jurídicas privadas, que sean titulares de los establecimientos turísticos de alojamiento y de restauración, titulares de agencias de viajes y de las actividades de turismo activo, que se encuentren inscritas en el Registro de Turismo de Castilla y León en la fecha de la publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» del extracto de la presente orden. b)  Las agrupaciones de empresas turísticas, ya sean personas físicas o jurídicas privadas o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención, de las cuales al menos una esté establecida en la Comunidad de Castilla y León. c)  Las comunidades de bienes siempre que puedan llevar a cabo las actuaciones previstas en esta orden y en la correspondiente convocatoria y se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención, cuando al menos uno de los miembros esté establecido en la Comunidad de Castilla y León.

Cuantía: La  subvención de cada beneficiario podrá alcanzar el 85% de la inversión aprobada y será proporcional a la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de valoración. Límite máximo de inversión aprobada de 50.000 €.

Plazo de presentación de solicitudes: 20 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el «Boletín Oficial de Castilla y León». BOCYL 28 de junio 2016.

http://bocyl.jcyl.es/boletines/2016/06/28/pdf/BOCYL-D-28062016-32.pdf

 


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