Convocatoria de 330 plazas para el acceso de Licenciado Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria del SACYL.

miércoles, 2 de noviembre de 2022

El procedimiento de selección para todos los aspirantes será el de concurso-oposición.

Requisitos comunes para todos los turnos de acceso. Para ser admitidos al presente proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:


a) Poseer la nacionalidad española. También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles:


  1. Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
    2. El cónyuge de los españoles y de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los del cónyuge menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
    3. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
  2. Los aspirantes incluidos en los subapartados 2 y 3 de este apartado a) deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan, mediante aportación del documento original o copia certificada.
    b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
    c) Titulación: poseer la exigida en el anexo I de la presente convocatoria para la admisión a este proceso selectivo.
    d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento, debiendo contar con la aptitud psicofísica precisa para el normal desempeño del destino, quedando supeditada la toma de posesión al cumplimiento de este requisito.
    e) No ostentar la condición de personal estatutario fijo de la misma categoría y especialidad objeto de convocatoria, durante el desarrollo del proceso selectivo.
    f) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el desempeño de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
    g) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal, y en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Se deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
    h) Abonar las tasas por derecho de examen, en su caso.

Quienes deseen participar en este proceso selectivo, deberán realizar las actuaciones previstas en el anexo IV con relación a la solicitud y al pago de tasa.
5.1. Plazo, lugar y forma de presentación de solicitudes.
5.1.1. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de
Castilla y León.
5.1.2. Las solicitudes podrán presentarse en los registros de los servicios centrales, en las Gerencias de Salud de Área, de Asistencia Sanitaria, de Atención Primaria y de Atención Especializada de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, así como en los centros oficiales a los que se refiere y en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el personal de correos antes de su envío.
Las solicitudes suscritas en el extranjero se cursarán a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes.
5.1.3. Las solicitudes deberán presentarse en el modelo oficial, junto con el modelo 046 (ejemplar para la Administración), validado por la entidad bancaria, acreditativo de haber abonado la tasa correspondiente, o el justificante si se ha abonado la tasa telemáticamente o mediante tarjeta (salvo exentos).
5.1.4. Las personas con discapacidad, participen o no por el turno reservado para ellas, que precisen adaptaciones, deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, pudiendo solicitar las necesidades específicas de adaptación y ajuste de tiempo y medios que consideren oportunas para participar en las pruebas selectivas en condiciones de igualdad. Para ello harán constar en la solicitud las posibles adaptaciones que precisen para participar en las pruebas selectivas.
El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantes que hubieran solicitado adaptaciones de tiempo
y/o medios en la forma prevista en el apartado anterior, gocen de similares condiciones para la realización del ejercicio que el resto de los participantes. En ningún caso las adaptaciones solicitadas podrán desvirtuar el carácter de las pruebas selectivas. El órgano de selección podrá requerir informe y colaboración de los órganos técnicos de la administración laboral, sanitaria o de cualquier otro órgano competente en la materia, con el fin de asegurar que las personas con discapacidad realicen las pruebas selectivas en condiciones de igualdad con el resto de los aspirantes, en función de las características específicas de las pruebas de oposición y el tiempo establecido para su
desarrollo.
5.1.5. Los aspirantes extranjeros deberán presentar, junto con la solicitud, documento que acredite que es nacional de la Unión Europea o de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Los familiares de los anteriores, que tengan derecho a participar en el proceso selectivo conforme a la normativa aplicable, deberán presentar copia certificada de un documento que acredite el vínculo de parentesco y, en su caso, del hecho de vivir a sus expensas.
5.2. Causas de exclusión del aspirante:
− La no presentación de la solicitud en tiempo y forma.
− La falta de pago en plazo de la tasa por derechos de examen o la falta de justificación de encontrarse exento de este pago.
− La no acreditación del grado de discapacidad por parte de aquellos aspirantes a los que se haya reconocido dicha discapacidad fuera de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. (Aspirantes del turno de discapacidad).
− No aportar el carnet de familia numerosa o documento equivalente, en el caso de
aspirantes que sean residentes en otra comunidad autónoma.
− No aportar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de la unidad familiar o certificado negativo (para el caso de aspirantes exentos tasa por ser Familia numerosa).
− Superar las cuantías establecidas (18.900 euros en tributación individual o 31.500 en tributación conjunta en el IRPF.) para estar exentas del pago de la tasa
por derechos de examen (para el caso de aspirantes que acrediten ser Familia numerosa) y no abonar la tasa por participación en el proceso selectivo.
No obstante lo anterior, podrá subsanarse el pago incompleto de la tasa o el no abono por superar las cuantías indicadas anteriormente en el caso de la acreditación de
la condición de familia numerosa. Los aspirantes quedan vinculados a los datos consignados en la solicitud, pudiendo únicamente promover su modificación mediante escrito motivado presentado en el plazo
de presentación de solicitudes, sin perjuicio de lo previsto en el apartado siguiente.

El domicilio que figura en la solicitud se considerará el único válido a efectos de
notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante tanto los errores en su
consignación como la falta de comunicación de cualquier cambio de domicilio

Consulta toda la información en el siguiente enlace: https://bocyl.jcyl.es/boletines/2022/10/26/pdf/BOCYL-D-26102022-13.pdf


Fuente: BOCYL

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