Objeto y finalidad.
La convocatoria de subvenciones tiene como finalidad avanzar en la eliminación de las desigualdades existentes entre mujeres y hombres en distintos ámbitos y sectores, así como conseguir la integración social y la mejora de la autonomía personal de mujeres en situación de especial vulnerabilidad, particularmente de víctimas de violencia de género
Beneficiarias.
Las entidades del Tercer Sector de Acción Social, definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social. Asimismo, en el caso de la línea programática prevista en la letra e) del resuelvo segundo, también podrán ser beneficiarias las fundaciones cuyo objeto social sea el deporte, las federaciones deportivas y los clubes deportivos de Castilla y León.
Cuantía.
La cuantía individualizada de la subvención, correspondiente a cada entidad beneficiaria será el 100% del presupuesto aceptado del proyecto presentado, teniendo en cuenta el orden de prelación obtenido en función de la puntuación al aplicar los criterios de valoración y con los límites que figuran en la orden por la que se establecen las bases reguladoras y en la convocatoria.
Plazo de presentación.
El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Ver publicación BOYCL 23 de mayo de 2019. Hacer click en Subvenciones promoción de la igualdad de oportunidades entidades tercer sector