Medidas excepcionales para la contratación o reincorporación de personas de Servicios Sociales y Dependencia

sábado, 28 de marzo de 2020

Según lo establecido en la Orden SND/295/2020, de 26 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos en el ámbito de los servicios sociales ante la situación de crisis ocasionada por el COVID-19, articulo 4:

Se autoriza, previa valoración por la autoridad competente de la oportunidad de la medida y de la idoneidad del trabajador, a la contratación temporal, a jornada parcial o completa, de personal que se encuentre cursando el último año de los estudios requeridos para la prestación de los correspondientes servicios en los distintos ámbitos del sector de los Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y que, en consecuencia, no se halle en posesión del preceptivo título académico o de la habilitación profesional correspondiente.

Ver disposición en Contratación excepcional

Shares this News


Information on Cookies

  • This website uses own cookies and of third for recopilar información that help to optimise his navegación web.
  • Do not use cookies to collect información of&car aacute;cter personal.
  • If continúto sailing, consider that it accepts his use. It can obtain más información or know cómo change the configuración, in ours Política of Cookies.